Sí, sí. Aprenda a ser abogado en 30 segundos. El método más rápido para prevenir litigios, malos rollos y disputas paterno-filiales. Tome el siguiente artículo del Código Civil. Enmárquelo, haga pegatinas, empapele toda la casa con el siguiente texto desde la más tierna infancia.
Artículo 155Los hijos deben:
1. Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre.
2. Contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella.
¿Se atreven?. A ver quién es el guapo se atreve a pedir a su hijo que contribuya "al levantamiento de las cargas" cuando quiere tener el móvil de última generación, "MP 50", DVD, ordenador de mil megas, una moto..........
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